VeriFactu: qué es, cuándo es obligatorio y cómo te afecta

Dídac Martín · Pistacho Digital
Si haces las facturas con un programa, en 2027 ese programa tendrá que cumplir VeriFactu. Mucha gente ha oído el nombre, sabe que viene de Hacienda y poco más. Aquí te explico qué es VeriFactu, cuándo entra en vigor según la norma que está hoy en el BOE, a quién afecta y qué tendrías que revisar en tu negocio, sin tecnicismos y con los enlaces a las fuentes oficiales.
Antes de seguir, una aclaración. Soy programador, no asesor fiscal. Te cuento la parte técnica: qué tiene que hacer tu programa y cómo saber si lo hace. Para tu situación fiscal concreta, habla con tu gestoría.
Qué es VeriFactu, en pocas palabras
VeriFactu es el nombre corto del reglamento que fija cómo tienen que ser los programas de facturación. La idea de Hacienda es sencilla: que una factura, una vez hecha, no se pueda borrar ni cambiar sin que quede rastro.
No es un programa que tengas que instalar ni un trámite que tengas que presentar. Es un conjunto de requisitos que tiene que cumplir el programa con el que ya facturas. Si ese programa se adapta, tú sigues facturando casi igual que ahora.
La norma es el Real Decreto 1007/2023. La Agencia Tributaria lo llama «Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación» y tiene una sección entera dedicada a él.
Cuándo entra en vigor VeriFactu
Las fechas han cambiado dos veces. Primero las movió el Real Decreto 254/2025, de abril de 2025, y después el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que el Congreso convalidó el 11 de diciembre de 2025. Con ese último cambio, los plazos son estos:
| Quién | Plazo para tener el programa adaptado |
|---|---|
| Sociedades (las que pagan el Impuesto sobre Sociedades, como una SL o una SA) | Antes del 1 de enero de 2027 |
| Autónomos, comunidades de bienes y el resto de obligados | Antes del 1 de julio de 2027 |
La Agencia Tributaria lo recoge en una nota informativa sobre la ampliación del plazo. Hasta esas fechas, usar un programa adaptado es voluntario.
Un matiz. Al convalidarlo, el Congreso acordó tramitar el decreto también como proyecto de ley, así que en teoría el texto aún podría cambiar. A finales de septiembre de 2026, el texto consolidado del BOE mantiene estas fechas. Si tienes una SL, eso quiere decir que te quedan unos tres meses. Yo no esperaría a un tercer aplazamiento para ponerme.
¿Me afecta VeriFactu?
Te afecta si eres empresa o autónomo y haces tus facturas, aunque sea solo una parte, con un programa informático. Da igual el tamaño del negocio y da igual si vendes en una tienda, por internet o a domicilio. Las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria aclaran casos que me preguntan a menudo:
- Autónomos en módulos (estimación objetiva): si facturan con un programa, les afecta igual.
- Comercios en recargo de equivalencia: en general no están obligados a hacer factura, así que normalmente no les afecta. Pero si la hacen, porque se la piden o porque toca, y la hacen con un programa, sí.
- Tiques: las facturas simplificadas también cuentan. Si tu caja registradora o tu TPV saca tiques con un programa, ese programa entra.
- Facturas a mano: si todas las haces en talonario, no te afecta.
- Word o Excel: si solo los usas para escribir e imprimir la factura, no cuentan como programa de facturación. Si la hoja de cálculo además te lleva los libros de IVA, por ejemplo con macros, entonces sí.
- Quedan fuera quienes llevan los libros de IVA por el SII, que suelen ser empresas grandes, y quienes tienen el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, que tienen su propio sistema. En Cataluña se aplica igual que en el resto del territorio común.
Pensemos en negocios de aquí. Un taller mecánico en Igualada que factura con un programa de gestión de taller: le afecta. Un instalador autónomo que hace las facturas desde una app en el móvil: le afecta, y el que tiene que cumplir es esa app. Una gestoría que factura sus honorarios con su programa: también.
Qué tiene que hacer tu programa de facturación
Lo que cambia se nota más en el programa que en tu día a día. Resumido:
- Cada factura deja un registro que no se puede borrar. Si te equivocas, la corriges con un registro nuevo, y el anterior sigue ahí.
- Los registros van encadenados. Cada uno lleva una especie de huella de la factura anterior, así que si alguien toca una, se nota.
- Todas las facturas llevan un código QR que tu cliente puede escanear para comprobarla en la web de Hacienda.
- El fabricante del programa firma una declaración responsable diciendo que cumple el reglamento, y tiene que estar visible en el propio programa.
Las dos maneras de cumplir
El programa puede trabajar en modo VERI*FACTU, en el que manda cada registro a Hacienda en el momento de hacer la factura, y la factura lleva la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». O puede trabajar en el otro modo, en el que guarda los registros firmados electrónicamente y los entrega si Hacienda se los pide. Tu programa te dirá cuál usa. Si dudas cuál te conviene, es una buena pregunta para tu gestoría.
Qué haría yo ahora, paso a paso
- Apunta con qué programas haces facturas o tiques. Todos. Es habitual encontrar dos: el programa de gestión y la caja, o la tienda online y el programa de la gestoría.
- Pide a cada fabricante la declaración responsable o, como mínimo, la fecha en que tendrá la versión adaptada.
- Si el programa es antiguo o ya no tiene soporte, toca cambiarlo. Mejor ahora que en diciembre.
- Si el programa te lo hicieron a medida, mira el apartado siguiente.
- Revisa cómo haces las correcciones y las devoluciones. Es donde más se toca una factura, y con VeriFactu cada cambio queda registrado.
Si facturas poco, Hacienda ofrece una aplicación gratuita de facturación que funciona en modo VERI*FACTU. Para quien hace unas pocas facturas al mes puede ser suficiente.
Si tienes una tienda online, el caso tiene sus particularidades: tiques, devoluciones y plugins que generan facturas. Lo explico aparte en VeriFactu en una tienda online.
Si tu programa de facturación está hecho a medida
Aquí es donde más dudas veo. Hay empresas que facturan con un programa que les hizo alguien hace años, o con una base de datos o un Excel con macros que fueron creciendo. Para VeriFactu, eso también es un programa de facturación.
La Agencia Tributaria lo aclara en sus preguntas sobre la declaración responsable: si el programa lo ha desarrollado la propia empresa, la empresa es la que tiene que firmarla. Si lo encargaste a un tercero, es ese tercero. Si quien te lo hizo ya no está disponible, te toca resolverlo por otro camino.
Tienes dos caminos, y los dos son razonables:
- Adaptar el programa para que genere los registros, el encadenamiento y el QR, y firmar la declaración. Tiene sentido si el programa te funciona bien y hace cosas que ningún programa comercial hace.
- Que la factura la haga un programa comercial que ya cumple, y conectar el tuyo a él para no teclear los datos dos veces. Tu programa sigue gestionando los pedidos, los partes o las obras, y la factura sale del otro. Muchas veces es lo más barato y lo más seguro.
Cuál te conviene depende de cómo esté hecho tu programa. Es lo primero que miro cuando alguien me llama por esto.
Qué pasa si no cumples
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria lo considera infracción grave. Tener un programa que no cumple, estando obligado, se sanciona con una multa fija de 50.000 € por cada ejercicio. Para quien fabrica o vende el programa, 150.000 €. La responsabilidad es tuya como emisor de la factura, aunque el programa sea de otro. No lo cuento para asustar: es la razón por la que vale la pena pedir la declaración responsable y guardarla.
VeriFactu no es la factura electrónica obligatoria
Se confunden a menudo. La factura electrónica entre empresas viene de la Ley Crea y Crece y su reglamento es el Real Decreto 238/2026. Su aplicación depende de una orden ministerial. Cuando entre en vigor, las empresas que facturan más de 8 millones tendrán 12 meses para adaptarse, y el resto, 24. Es otra obligación y va después. VeriFactu va primero.
Si quieres que lo mire contigo
Si no tienes claro qué programas usas para facturar, si el tuyo está hecho a medida o si quieres conectar tu gestión con un programa que ya cumple, te lo miro. Te digo qué hay que cambiar y, si hace falta trabajo, te doy el precio cerrado por escrito antes de empezar. Si lo que necesitas ya existe hecho, también te lo digo.
Escríbeme por WhatsApp o llámame al 611 85 67 78. Y si quieres ver cómo trabajo, aquí tienes los programas y conexiones a medida que hago.